Comercio exterior

NICO: los dos dígitos que no cambian su arancel

El NICO son los dos últimos dígitos de la codificación y no mueven la tasa: el arancel vive en los ocho dígitos de la fracción. Qué sí decide el NICO, qué significa que no pertenezca a su fracción y por qué un «no se pudo comparar» no es un «coincide».

Vigía Legal·Actualizado 14 de agosto de 2026·4 min de lectura
Comercio exteriorNICOFracción arancelariaTIGIEPedimentos
Fila de bobinas de acero casi idénticas en la nave de almacenamiento de una planta industrial mexicana, con una sola etiqueta de identificación colgada

Una creencia extendida en comercio exterior dice que elegir bien el NICO puede bajar el arancel. No puede.

El NICO es el Número de Identificación Comercial. Son los dos últimos dígitos de la codificación de diez que se declara en el pedimento. Los ocho primeros son la fracción arancelaria. El noveno y el décimo son el NICO.

Qué decide el NICO y qué no

El NICO parte la fracción en mercancías distinguibles entre sí. Una misma fracción ampara variantes que interesa separar. El NICO es el campo que las separa, con fines comerciales y estadísticos.

Lo que no hace es mover la tasa. Hoy hay 8,183 fracciones vigentes y 11,507 pares de fracción-NICO publicados. Los pares son bastante más numerosos que las fracciones. El arancel, en cambio, se cuenta una sola vez por fracción.

En el catálogo, todos los NICO de una fracción coinciden en tasa, unidad de medida y regulaciones. Cuando no coinciden, no hay una tasa para esa fracción. Elegir una de las dos sería inventarla.

Por qué se cree que sí mueve la tasa

Hay dos razones, y las dos son razonables.

La primera es de forma. El NICO se escribe pegado a la fracción, en el mismo campo del pedimento. Diez dígitos corridos parecen un solo dato. Quien los teclea no ve la frontera entre los ocho que liquidan y los dos que describen.

La segunda es de fondo. La unidad de medida sí mueve el cálculo, y se publica junto a la fracción. El decreto del 29 de diciembre de 2025 cambió la unidad de medida de 173 fracciones, con vigencia desde el 1º de enero de 2026. Una tasa específica o mixta calculada contra la unidad anterior da otro número. El importador atribuye el cambio al código completo.

El «no pertenece» no dice cuál está mal

Contrastar el NICO declarado contra el catálogo tiene un resultado modesto. Si el par fracción-NICO no está publicado, uno de los dos datos está mal. La comparación no afirma cuál.

Puede ser el NICO mal tecleado sobre una fracción correcta. Puede ser la fracción equivocada con un NICO que existe en otra. Distinguirlas es clasificación arancelaria. Esa decisión es de su equipo de comercio exterior con su agente aduanal, no de un contraste contra una lista.

Lo útil del contraste es otra cosa. Devuelve los NICO que el catálogo sí publica para esa fracción. Quien decide elige sobre datos y no sobre memoria.

«No se pudo comparar» nunca es «coincide»

Un NICO que la partida no declara no es un NICO inválido. Una fracción sin NICO publicado a esa fecha, tampoco. Y ninguno de los dos es un NICO válido. El resultado tiene tres estados, no dos, y el tercero se dice con todas sus letras. Un catálogo que devuelve «coincide» por no haber podido mirar es peor que uno que no responde.

El «00» es un NICO

El NICO «00» se publica y se declara igual que cualquier otro. No significa que la fracción no tenga NICO.

Un catálogo que lo omita obliga a inferirlo al declarar. Una inferencia en el campo que identifica la mercancía no es un dato. Se guarda uno por registro, incluido el «00».

Qué revisar en su operación

Tres contrastes, y ninguno necesita criterio jurídico.

  1. Que el par fracción-NICO esté publicado, a la fecha de la operación y no a la de hoy.
  2. Que la unidad de medida sea la vigente ese día. Es la que entra en el cálculo de las tasas específicas y mixtas.
  3. Que las regulaciones no arancelarias se lean sobre la fracción. De las 8,183 fracciones vigentes, 8,025 traen alguna.

Los tres son catálogo puro, sin modelo y sin criterio. Eso los vuelve verificables, y también fija su límite. Dicen si los datos concuerdan entre sí, no si la clasificación es la correcta.

Así se resuelve en la validación de pedimentos de Vigía Legal. El par declarado se contrasta contra los pares publicados a la fecha del pedimento. La respuesta trae los NICO válidos de esa fracción. Lo que no se pudo comparar sale declarado como tal. Y la tarifa detrás del contraste se mantiene contra el Diario Oficial, con la vigencia y el decreto que ordenó cada dato.

Dos dígitos no le van a bajar el arancel. Sí pueden dejar su pedimento con una combinación que el catálogo no publica. Eso se revisa antes, o se explica después.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el NICO?
El Número de Identificación Comercial: los dos últimos dígitos de la codificación de diez que se declara en el pedimento. Los ocho primeros son la fracción arancelaria; el noveno y el décimo son el NICO. Sirve para identificar la mercancía a un nivel más fino que la fracción, con fines comerciales y estadísticos.
¿El NICO cambia el arancel que pago?
No. El arancel vive en los ocho dígitos de la fracción. Todos los NICO que cuelgan de una misma fracción comparten su tasa, su unidad de medida y sus regulaciones no arancelarias. Cambiar el NICO cambia cómo queda identificada la mercancía, no cuánto se liquida por ella.
¿Qué significa que el NICO no pertenezca a la fracción declarada?
Que uno de los dos datos está mal, y el contraste no dice cuál. El catálogo publica los pares fracción-NICO válidos —hoy 11,507— y comparar contra esa lista solo permite afirmar que la combinación declarada no está publicada. Determinar si lo que se corrige es el NICO o la fracción es una decisión de clasificación, y esa la toma su equipo de comercio exterior con su agente aduanal.
¿Un NICO «00» es un NICO válido?
Sí. El «00» se publica y se declara igual que cualquier otro, y no significa ausencia de NICO. Un catálogo que lo omita obliga a inferirlo, y una inferencia en el campo que identifica la mercancía no es un dato.

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