ıVigíaLegal

Riesgo y sanciones

Lista 69-B del SAT: por qué un proveedor en ella amenaza tu deducción y tu cumplimiento REPSE

¿Tu proveedor está en la Lista 69-B del SAT? Qué son los EFOS y EDOS, por qué amenaza tu deducibilidad y cómo se cruza con la validación REPSE de tus proveedores.

Vigía Legal·Actualizado 19 de junio de 2026·6 min de lectura
REPSEResponsabilidad solidariaDeducibilidadLista 69-BAuditoría
Lista 69-B del SAT: por qué un proveedor en ella amenaza tu deducción y tu cumplimiento REPSE

¿Qué es la Lista 69-B del SAT?

La Lista 69-B es el listado que publica el SAT, conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), con los contribuyentes que presumiblemente emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, el personal, la infraestructura o la capacidad material para prestar los servicios o entregar los bienes que amparan esos CFDI. En términos llanos: facturas que respaldan operaciones que la autoridad considera inexistentes.

El SAT detecta el patrón, notifica al contribuyente y le da un plazo para desvirtuar la presunción aportando documentación. Si no lo logra, pasa al listado definitivo, que se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal del SAT, y se actualiza de forma periódica.

Dónde se consulta

El SAT mantiene el padrón de contribuyentes del artículo 69-B en su portal de datos abiertos. Existe un listado presunto y uno definitivo. La situación de un contribuyente puede moverse entre etapas, por eso conviene consultarlo de forma recurrente y no una sola vez.

¿Qué diferencia hay entre un EFOS y un EDOS?

Un EFOS es la Empresa que Factura Operaciones Simuladas: el proveedor que emite los CFDI presuntamente falsos. Un EDOS es la Empresa que Deduce Operaciones Simuladas: el cliente que usó esos comprobantes para deducir o acreditar. Si contratas a un proveedor que termina en la 69-B como EFOS, tú quedas en posición de EDOS, y ahí empieza tu problema.

La distinción importa porque las consecuencias caen sobre los dos lados. El EFOS enfrenta la presunción de inexistencia. El EDOS, que muchas veces actuó de buena fe, carga con el rechazo de la deducción si no demuestra que la operación realmente ocurrió.

ConceptoEFOSEDOS
Quién esEl proveedor que emite los CFDITu empresa, que los usa
PresunciónOperaciones inexistentesHaber deducido esas operaciones
Lo que arriesgaPasar al listado definitivo 69-BRechazo de deducción y acreditamiento
Cómo se defiendeDesvirtúa la presunción ante el SATAcredita la materialidad de la operación o corrige

¿Por qué un proveedor en la 69-B es una bandera roja para tu deducibilidad?

Cuando un proveedor llega al listado definitivo de la 69-B, los CFDI que emitió dejan de producir efectos fiscales. Eso significa que la deducción de ISR y el acreditamiento de IVA que tomaste con esas facturas quedan sin sustento, y el SAT puede iniciar facultades de revisión sobre quienes les dieron efecto fiscal.

Como EDOS, la carga de la prueba se invierte hacia ti. Para conservar el efecto fiscal tienes que demostrar la materialidad: que el servicio o el bien existió de verdad. Eso implica reunir evidencia más allá del CFDI, como contratos, entregables, bitácoras, evidencia de personal y comunicaciones. Si no puedes acreditarlo, el camino es corregir tu situación fiscal, lo que se traduce en costo efectivo, accesorios y exposición a sanciones.

0efectos fiscales que conservan los CFDI de un EFOS en el listado definitivo

El riesgo no es solo de la factura del mes. La autoridad puede revisar operaciones de ejercicios anteriores, así que un proveedor que entra a la 69-B puede arrastrar deducciones que tomaste hace años.

¿Cómo se relaciona la Lista 69-B con la validación REPSE?

La 69-B y el REPSE atacan riesgos distintos del mismo proveedor, y por eso conviene validarlos juntos. El REPSE confirma que tu prestador de servicios especializados u obras especializadas está registrado ante la STPS y al corriente con IMSS e INFONAVIT. La 69-B revela si ese mismo proveedor es, además, una señal de alerta fiscal frente al SAT.

Un proveedor puede tener su REPSE vigente y aun así aparecer en la 69-B; o estar limpio en la 69-B pero sin registro REPSE. Validar una sola dimensión te deja medio ciego. La contratación de servicios especializados ya te expone a responsabilidad solidaria en materia laboral y de seguridad social; sumar un EFOS te abre, encima, el frente fiscal de la deducibilidad.

Dos riesgos, un mismo proveedor

REPSE vigente no es sinónimo de proveedor sano. La validación de cumplimiento REPSE responde por el lado laboral y de seguridad social; la consulta a la 69-B responde por el lado fiscal. Un control serio cruza ambas fuentes antes de pagar.

Por eso la 69-B encaja de forma natural en un gate de validación previo al pago: antes de emitir la orden de compra y antes de liberar el pago, conviene confirmar que el proveedor no sea ni un incumplido de REPSE ni un EFOS publicado.

¿Qué documentos necesitas para defender la materialidad?

Si un proveedor cae en la 69-B, tu mejor defensa como EDOS es haber documentado la operación desde el inicio. El SAT no se conforma con el CFDI: pide evidencia de que el servicio o el bien existió. Reunir ese expediente después es difícil; tenerlo armado de antemano es la diferencia entre conservar la deducción y perderla.

  • Contrato y orden de compra que describan el alcance real del servicio.
  • Entregables, reportes, bitácoras y fotografías que muestren la ejecución.
  • Evidencia de personal del proveedor en sitio, cuando aplique.
  • CFDI de nómina, cuotas de IMSS e INFONAVIT y soporte de ICSOE y SISUB del periodo.
  • Comprobantes de pago y comunicaciones de la relación comercial.

Buena parte de este soporte coincide con los documentos de cumplimiento REPSE y con la información que respalda tu deducibilidad de IVA e ISR. Si ya pides ese expediente para cada proveedor, vas adelantado para defender la materialidad.

¿Cómo monitorea Vigía la Lista 69-B junto con el REPSE?

Vigía ejecuta barridos automáticos programados contra fuentes oficiales, incluido el padrón del SAT del artículo 69-B, y los cruza con el estatus REPSE de cada proveedor. El resultado vive en un expediente por proveedor con semáforo: verde, en riesgo o no cumple. Cuando un proveedor aparece en la 69-B o pierde su registro, el semáforo cambia y el equipo recibe el aviso.

Estos barridos son programados, no en tiempo real, porque las fuentes de gobierno se publican de forma periódica. La consulta no garantiza el cumplimiento de tu proveedor ni elimina tu riesgo: reduce la probabilidad de pagarle a un EFOS o a un incumplido de REPSE sin saberlo, y deja registro de que validaste.

Validar antes de pagar, no después

El momento útil para detectar a un EFOS es antes de liberar el pago. Un gate previo al pago que consulte la 69-B y el estatus REPSE bloquea la operación y la escala al equipo, en lugar de descubrir el problema cuando el SAT ya rechazó la deducción.

La validación documental de Vigía cuenta con un add-on de IA que asiste leyendo expedientes y señalando faltantes; el equipo humano revisa y aprueba. No es un proceso 100% automático, y esa supervisión es deliberada cuando lo que está en juego es tu deducibilidad. Para una auditoría que reconstruya tu exposición, una revisión retroactiva a 2021 ayuda a identificar pagos a proveedores que después entraron a la 69-B.

Si quieres ver cómo se cruza la 69-B con el control REPSE en tu base de proveedores, conoce la plataforma o revisa cómo se adapta a tu sector en industrias.

Vigía Legal

Valida el REPSE de cada proveedor antes de la OC y del pago, integrado a tu ERP.

Agendar una demo

Preguntas frecuentes

¿Estar en la Lista 69-B significa que el proveedor es culpable de fraude?
No de forma automática. El listado presunto refleja una presunción de la autoridad que el contribuyente todavía puede desvirtuar. El listado definitivo confirma que no la desvirtuó. Aun así, mientras un proveedor figure en cualquier etapa de la 69-B, conviene tratarlo como bandera roja y validar la materialidad de tus operaciones con él antes de seguir pagando.
Mi proveedor tiene REPSE vigente. ¿Igual debo revisar la 69-B?
Sí. El REPSE confirma el cumplimiento laboral y de seguridad social ante la STPS, el IMSS y el INFONAVIT, pero no dice nada sobre su situación fiscal frente al SAT. Un proveedor con REPSE vigente puede aparecer en la 69-B como EFOS. Son dos riesgos distintos del mismo proveedor y conviene validar ambos antes de emitir la orden de compra y antes de pagar.
¿Qué hago si descubro que ya le pagué a un proveedor que entró a la 69-B?
Reúne toda la evidencia de materialidad que tengas (contrato, entregables, soporte de personal, pagos) y evalúa con tu asesor fiscal si conviene demostrar que la operación fue real o corregir tu situación fiscal de forma voluntaria. La autoridad puede revisar ejercicios anteriores, por lo que una auditoría retroactiva de tus pagos ayuda a dimensionar el riesgo y priorizar.
¿Vigía consulta la 69-B en tiempo real?
No. Vigía ejecuta barridos automáticos programados contra fuentes oficiales, incluido el padrón del artículo 69-B del SAT, porque esas fuentes de gobierno se publican de forma periódica. Cada barrido actualiza el semáforo del proveedor y avisa al equipo si aparece en la lista o pierde su REPSE.
¿Consultar la 69-B me garantiza que no perderé la deducción?
No garantiza nada. La consulta reduce la probabilidad de pagarle a un EFOS sin saberlo y deja registro de tu debida diligencia, pero la deducibilidad depende también de que puedas acreditar la materialidad de cada operación. El control disciplina el riesgo; no lo elimina.

Entérate primero de las novedades REPSE

Cambios de la STPS, plazos de SISUB e ICSOE y nuevas guías. Sin spam, solo lo que te ahorra una multa.

Seguir leyendo

Let's talk

¿Validas el REPSE de tus proveedores antes de pagar?

Vigía valida el REPSE de cada proveedor antes de emitir la OC y antes de liberar el pago, integrado a tu ERP. Te mostramos cómo en una demo.